Sentencia N° 293 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de abril de 2026

TSJ/SPA, Sent. N° 00293, Exp. 2025-0260, 16/04/2026
Expediente2025-0260
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2026-04-16
DecisiónProcedente

Resumen

La ciudadana Aurora Zapata Oviedo, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil Zapata & Rojas Asociados, C.A., interpuso una demanda patrimonial contra el FOGADE por deuda no prescrita relacionada con la construcción del Edificio Ramia. La Sala Político-Administrativa admitió la demanda y ordenó la notificación a las partes para la celebración de una audiencia conciliatoria. En su decisión, la Sala destacó la importancia de los medios alternativos de resolución de conflictos y la promoción de la conciliación como mecanismo para resolver disputas.

Extracto de la motiva

Por tanto, los órganos de administración de justicia que conforman la Jurisdicción Contencioso Administrativa, incluyendo a esta Sala Político-Administrativa, deben reconocer la importancia de los medios alternativos de solución de conflictos para facilitar el acuerdo entre las partes de un proceso, que pueda generar mayores ámbitos de encuentro entre ellas e incrementar la fluidez en sus relaciones jurídicas, en aras de solventar las desavenencias que puedan tener sin depender de la intervención de los órganos jurisdiccionales para dirimir tales controversias e imponer la solución. (Vid., sentencia Nro. 00393 del 4 de julio de 2017, reiterada en los fallos Nros. 00813 y 00817 del 8 de diciembre de 2022, decisiones dictadas por esta Sala). De allí que, esta Máxima Instancia, como rectora del proceso y promotora de los medios alternativos de solución de conflictos, en consonancia con los principios que le imponen observar el proceso y las decisiones que se dicten dentro del marco de los valores constitucionales, así como en la necesidad de mantener el equilibrio justo entre los intereses debatidos, y en atención a que la parte demandante lo requirió, es por lo que esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, declara PROCEDENTE, la solicitud realizada en fechas 15 de julio de 2025 y ratificada por diligencias del 9 de octubre y 19 de noviembre de ese mismo año, así como el 12 de marzo de 2026, dirigida a que se convocaran “actos útiles tendentes a lograr un arreglo”. Así se declara.

Dispositiva

Se declara PROCEDENTE la solicitud realizada por la ciudadana Aurora Zapata Oviedo, actuando en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil ZAPATA & ROJAS ASOCIADOS, C.A., y se ORDENA notificar a la ciudadana Aurora Zapata Oviedo y a la representación judicial del FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (FOGADE) para que participen en una AUDIENCIA CONCILIATORIA.

Palabras clave

conciliaciónarbitrajemediaciónjurisdicciónconflictosderechostutela judicial

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