Sentencia N° 2926 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de diciembre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02926, Exp. 2006-1765, 20/12/2006
Expediente2006-1765
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConsulta
Fecha de la decisión2006-12-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de jurisdicción planteada por el Juzgado Primero del Municipio Guanare, que había declarado la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública para realizar una inspección judicial solicitada por Jorge Durán Cárdenas. La Sala determinó que el Poder Judicial sí tiene jurisdicción para llevar a cabo dicha inspección, revocando la decisión del juzgado remitente.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la consulta del fallo dictado en fecha 7 de noviembre de 2006, mediante el cual el Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, declaró su falta de jurisdicción frente a la Administración Pública, por considerar que correspondía a la 'Notaría Pública de Guanare' realizar la 'Inspección Judicial' solicitada por el ciudadano Jorge Durán Cárdenas, sobre un vehículo de su propiedad con las siguientes características: Marca: FORD; Modelo: Lariat XLT; Año: 1991; Color: ROJO y BLANCO; Clase: CAMIONETA; Tipo: PICK UP; Uso: CARGA; Serial de Carrocería: AJF1ML15229; Serial de Motor: 1.6 CILINDROS; Placa: 814 XER. La referida solicitud tiene por objeto dejar constancia de las características y condiciones del vehículo, del lugar dónde éste se encuentra y si el mismo presenta la 'chapa body'. Al respecto, resulta necesario señalar que de las actuaciones cursantes en el expediente no se observa elemento alguno que permita suponer que la precitada solicitud se haya formulado en el marco de algún juicio, de allí que estima esta Sala que la referida 'Inspección Judicial' tiene carácter extra litem, por lo que el análisis de la presente causa se efectuará a la luz de las disposiciones que regulan este tipo de solicitudes.

Dispositiva

De conformidad con los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL SÍ TIENE JURISDICCIÓN para practicar la inspección solicitada por el ciudadano Jorge Durán Cárdenas al Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En consecuencia, se REVOCA la decisión dictada en fecha 7 de noviembre de 2006, mediante la cual el Tribunal remitente declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública, para realizar la inspección solicitada. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

inspección judicialjurisdicciónnotaría públicaCódigo CivilCódigo de Procedimiento Civilcontencioso-administrativoPoder Judicial

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