La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia sobre la solicitud de suspensión de efectos presentada por Genaro Antonio Godoy contra una resolución del Contralor General de la República. Se argumentó que la suspensión de efectos es una medida preventiva que busca evitar lesiones irreparables y que su aplicación es subsidiaria a la causa principal. La Sala concluyó que, dado el desistimiento del recurso de nulidad, la medida cautelar carece de objeto y, por ende, se declara su decaimiento.
Extracto de la motiva
Es criterio reiterado de este Alto Tribunal que la suspensión de efectos de los actos administrativos a que se refiere el aparte 21 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela es una medida preventiva establecida en nuestro ordenamiento jurídico, cuya aplicación constituye una excepción al principio de ejecutoriedad del acto administrativo, mediante el cual se procura evitar lesiones irreparables o de difícil reparación, al ejecutarse una eventual decisión anulatoria del acto, porque dicha ejecución podría lesionar la garantía de acceso a la justicia y al debido proceso, consagrados como derechos fundamentales. Dado el carácter subsidiario de la suspensión de efectos y, por ende, su indefectible vinculación a la causa principal, la terminación de ésta conlleva consecuencialmente a la extinción de la protección cautelar eventualmente acordada, por cuanto se pierde su objeto preventivo. Al respecto se observa que esta Sala dictó sentencia Nº 01573 de fecha 10 de diciembre de 2008, declarando el desistimiento del recurso de nulidad, como consecuencia del incumplimiento de la carga procesal de la parte actora para consignar la publicación del cartel de emplazamiento dentro del lapso fijado en el aparte 11 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, con la cual se dio por terminado el procedimiento y, consecuencialmente, quedó sin objeto la pretensión cautelar.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO de la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por la representación judicial del ciudadano GENARO ANTONIO GODOY, contra la Resolución N° 01-00-000298 de fecha 12 de noviembre de 2007, dictada por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Agréguese copia certificada de la presente decisión en la pieza principal. Archívese el cuaderno separado conjuntamente con el principal. Cúmplase lo ordenado.