Sentencia N° 291 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de febrero de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00291, Exp. 2002-0211, 09/02/2006
Expediente2002-0211
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-02-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia planteado entre tribunales en relación a una querella por diferencias de pago de prestaciones sociales interpuesta por Luis Ramón Gil Espinoza contra la República de Venezuela. La Sala declaró su competencia para conocer del caso, considerando que los órganos jurisdiccionales involucrados tienen atribuciones en materia contencioso-administrativa.

Extracto de la motiva

La Sala aprecia que en lo que respecta a los funcionarios adscritos a los cuerpos de seguridad del Estado, este Alto Tribunal ha sostenido, con la finalidad de preservar el interés colectivo que entraña las funciones desplegadas en razón de estas particulares relaciones de empleo y considerando la relevancia para la estabilidad de tan importantes cuerpos de seguridad y defensa, con ocasión a las actividades de resguardo de la soberanía y el orden público nacional, estadal o municipal, que las reclamaciones suscitadas con motivo del retiro o suspensión de dichos funcionarios por la aplicación de medidas disciplinarias, deben ser ventiladas ante los órganos superiores de la jurisdicción contencioso administrativa, específicamente por esta Sala Político-Administrativa.

Dispositiva

1.- ES COMPETENTE para resolver el conflicto negativo planteado. 2.- Corresponde al Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, según el sistema de distribución, la COMPETENCIA para conocer de la querella, que por diferencias de pago de prestaciones sociales, interpusieran los abogados William Benshimol R., Jorge H. Benshimol R., Laura R. Benshimol Doza y Nayadet C. Mogollón Pacheco, todos identificados, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano LUIS RAMÓN GIL ESPINOZA, ya identificado, contra la REPÚBLICA DE VENEZUELA (hoy República Bolivariana de Venezuela), a través del Ministerio de Justicia (hoy Ministerio del Interior y Justicia). Publíquese, regístrese y comuníquese. Envíese el expediente al Juzgado Superior (Distribuidor) de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

competenciaprestaciones socialesquerellacuerpo de seguridadjurisdicciónadministrativareclamacionesfuncionarios

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