Sentencia N° 2893 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de mayo de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 02893, Exp. 2004-0209, 12/05/2005
Expediente2004-0209
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2005-05-11
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la Sucesión de Manuela Camarán de Herrera y el Fisco Nacional, confirmando la sentencia del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario. La Sala desestimó los alegatos de inmotivación y falso supuesto, argumentando que ambos no pueden coexistir. Asimismo, se ratificó la eximente de responsabilidad penal tributaria por error de hecho, y se ordenó la liquidación sustitutiva del impuesto sucesoral a pagar por la Sucesión.

Extracto de la motiva

En virtud de la declaratoria contenida en el fallo recurrido y las argumentaciones de las apelaciones ejercidas tanto por los apoderados judiciales de la mencionada Sucesión, así como por la representación fiscal, la controversia se circunscribe en el caso sub júdice a resolver en torno a la legalidad del acto administrativo donde se determinaron diferencias de precios de los inmuebles declarados por la Sucesión, conforme al avalúo presentado por la fiscalización, así como la procedencia de la multa e intereses moratorios liquidados por la Administración Tributaria. No obstante, debe la Sala pronunciarse previamente respecto al alegado vicio de inmotivación de los actos administrativos impugnados y del falso supuesto invocado. En atención al último de los vicios alegados, visto que su análisis conlleva la decisión del asunto de fondo controvertido, corresponderá a esta Sala una vez examinado el mismo determinar si efectivamente tal vicio se materializó.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político Administrativa, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Pedro Rengel Nuñez, arriba identificado, actuando como apoderado judicial de la Sucesión de Manuela Camarán de Herrera; SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Gustavo Domínguez Moreno, también supra identificado, en su condición de representante del Fisco Nacional, en sustitución de la Procuradora General de la República; SE CONFIRMA la sentencia Nº 718 de fecha 30 de junio de 2003, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario del Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los aspectos siguientes: 1. Por cuanto desestimó el alegato de inmotivación denunciado conjuntamente con el falso supuesto de los actos administrativos cuestionados, por considerar que tales defensas se contrarían entre sí; 2. Respecto al mayor valor que arrojó el avalúo determinado por dicha Administración, por haberse desistido de la prueba de experticia que demostrara lo contrario; 3. En cuanto a la declaratoria de procedencia de la eximente de responsabilidad penal tributaria relativo al error de hecho excusable; y 4. Asimismo, queda confirmado su pronunciamiento respecto a la improcedencia de los intereses moratorios liquidados, en virtud de que los mismos no fueron objeto de apelación por parte de la representación fiscal.

Palabras clave

contencioso tributarioimpuesto sucesoralavalúoerror de hechomultaintereses moratoriosinmotivaciónfalso supuesto

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca