Sentencia N° 2880 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de diciembre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02880, Exp. 2005-2204, 13/12/2006
Expediente2005-2204
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-12-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por Néstor Alexis Briceño Torres contra un auto que declaró inadmisible la prueba de informes solicitada. La Sala argumentó que la prueba de informes no era procedente ya que la parte demandada no estaba obligada a informar a su contraparte, y que existían otros medios probatorios disponibles, como la prueba de exhibición. La decisión del Juzgado de Sustanciación fue confirmada, declarando la apelación sin lugar.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala emitir su pronunciamiento respecto a la apelación interpuesta por el apoderado judicial del recurrente, contra el auto dictado el 7 de diciembre de 2005, por el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa, mediante el cual declaró inadmisible la prueba de informes contenida en el capítulo tercero del escrito de promoción consignado por dicha representación en fecha 22 de noviembre del mismo año. En este sentido, es preciso advertir que en un proceso judicial la inadmisibilidad de una prueba se configura, como expresamente lo indica el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, por manifiesta ilegalidad o impertinencia. En el caso de autos, el recurrente, en el capítulo tercero de su escrito de promoción de pruebas, solicitó que se oficiara a la Dirección General Sectorial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de que ese organismo remitiera a este Máximo Tribunal copia de determinados documentos. El Juzgado de Sustanciación declaró inadmisible la prueba de informes, en virtud de que la demandada no está obligada a informar a su contraparte, por cuanto existen otros medios probatorios en nuestra legislación que permiten obtener los documentos requeridos por el actor. En efecto, cuando en un proceso judicial se requiere cierta documentación que presuntamente se encuentra en poder de una de las partes, la prueba idónea de la cual dispone la otra para traerla a juicio es la exhibición.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano NÉSTOR ALEXIS BRICEÑO TORRES contra el auto de admisión de pruebas de fecha 7 de diciembre de 2005, dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, se confirma dicha decisión.

Palabras clave

nulidadprueba de informesinadmisibilidadcontencioso administrativoCódigo de Procedimiento Civilexhibición de documentoscontraparte

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