Sentencia N° 286 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de febrero de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 00286, Exp. 2007-0091, 14/02/2007
Expediente2007-0091
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2007-02-13
DecisiónQUE ES COMPETENTE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. El caso se originó a raíz de un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Benton Vinccler, C.A. contra una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo del Estado Delta Amacuro que declaró con lugar una solicitud de reenganche y pago de salarios caídos.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el conflicto de competencia surgió entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, y el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. La Sala se declara competente para conocer el conflicto planteado, dado que los dos últimos tribunales que declararon su incompetencia tienen atribuida la competencia en materia contencioso administrativa. La Sala concluye que el competente para conocer de la causa es el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE para resolver el conflicto de competencia suscitado en el presente proceso. 2.- QUE CORRESPONDE AL JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL BIENES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN SUR ORIENTAL, la COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil BENTON VINCCLER, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 19, dictada en fecha 17 de julio de 2000 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO DELTA AMACURO.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso contencioso administrativonulidadsalarios caídosreengancheInspectoría del TrabajoBenton Vinccler

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