Sentencia N° 2856 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de diciembre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02856, Exp. 2003-1022, 13/12/2006
Expediente2003-1022
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-12-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por Francisco Vicente Usón Ramírez contra la Resolución Nº DG-21141 del 30 de mayo de 2003, dictada por el Ministro de la Defensa. La sentencia se basa en la falta de agotamiento de la vía administrativa y en la validez del procedimiento disciplinario seguido, que concluyó con el pase a situación de retiro del recurrente por faltas disciplinarias. Se desestiman las alegaciones de violación de derechos constitucionales, argumentando que la conducta del recurrente fue contraria a la disciplina militar.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el recurrente tuvo conocimiento de los hechos que se le imputaban y que el procedimiento seguido fue conforme a derecho. Se desestiman las alegaciones de violación al debido proceso, ya que el recurrente fue notificado de la apertura del procedimiento y tuvo la oportunidad de ejercer su defensa. La decisión de pasar a situación de retiro se fundamenta en la conducta del recurrente, que fue calificada como ofensiva hacia sus superiores, lo que justifica la sanción impuesta. La Sala concluye que no se configuraron las violaciones alegadas y que la resolución recurrida es válida.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara, SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano FRANCISCO VICENTE USÓN RAMÍREZ, contra la Resolución Nº DG-21141, del 30 de mayo de 2003, dictada por el Ministro de la Defensa y publicada en Gaceta Oficial Nº 37.701. Publíquese, regístrese, y comuníquese. Archívese el expediente judicial y remítase el expediente administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

nulidadderecho administrativodisciplina militarproceso administrativosancionesderecho a la defensaresolución administrativa

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