La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la Cooperativa Avestruces Magdaleno 380. Se destacó que, tras el desistimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad, la medida cautelar solicitada también decae, dado que es accesoria a la acción principal. Por lo tanto, se declara el decaimiento del objeto de la solicitud de medida cautelar.
Extracto de la motiva
Correspondería a esta Sala en su oportunidad emitir un pronunciamiento con relación a la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada, no obstante, debe advertirse lo siguiente: Por sentencia Nº 193 de fecha 14 de febrero de 2008, esta Sala declaró el desistimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida de suspensión de efectos por la abogada Ana Tortolero Velásquez, en su carácter de apoderada judicial de la representación judicial de la Cooperativa Avestruces Magdaleno 380, contra la Resolución N° RI 591 de fecha 25 de julio de 2006, dictada por la entonces Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales, hoy Ministra del Poder Popular para el Ambiente. Ahora bien, visto que la suspensión de efectos solicitada conjuntamente al recurso contencioso administrativo de nulidad es accesoria a dicha acción principal, y habiendo sido declarado el desistimiento de esta última, debe la Sala en esta oportunidad declarar el decaimiento del objeto de la referida medida cautelar solicitada por la actora. Así se declara.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO de la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por la representación judicial de la COOPERATIVA AVESTRUCES MAGDALENO 380, contra la Resolución N° RI 591 de fecha 25 de julio de 2006, dictada por la entonces MINISTRA DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES, hoy MINISTRA DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE. Publíquese, regístrese y comuníquese. Agréguese copia certificada de la presente decisión en la pieza principal. Archívese el cuaderno separado conjuntamente con el principal. Cúmplase lo ordenado.
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