La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia revocó la sentencia N° 0517 del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, que había declarado parcialmente con lugar un recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente Operadora de Autolavado Valencia, C.A. La controversia se centró en la aplicación de sanciones por incumplimiento de deberes formales en materia de impuesto al valor agregado, donde se alegó la incorrecta aplicación de la figura del delito continuado por parte de la Administración Tributaria. La Sala determinó que las sanciones debían ser calculadas como una sola infracción, en lugar de aplicar sanciones mensuales por cada incumplimiento.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la figura del delito continuado no es aplicable a las infracciones tributarias que se generan con ocasión de los deberes formales en materia de Impuesto al Valor Agregado, ya que cada período mensual es autónomo y genera sus propias consecuencias. Por lo tanto, se revoca la sentencia apelada en lo referente a la aplicación de las reglas del delito continuado y se declara con lugar la apelación interpuesta por la representación judicial del Fisco Nacional.
Dispositiva
1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación del FISCO NACIONAL, contra la sentencia Nº 0517 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central el 1° de julio de 2008, la cual se REVOCA en lo referente a aplicación de las reglas del delito continuado en casos de sanciones por incumplimiento de deberes formales. 2.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad de comercio OPERADORA DE AUTOLAVADO VALENCIA, C.A., por lo que queda FIRME la multa impuesta a su cargo por emitir facturas sin cumplir con las formalidades legales y reglamentarias. 3.- FIRME por no haber sido apelado por la contribuyente lo decidido por el tribunal a quo respecto al incumplimiento de los deberes formales. Se EXIME de costas procesales a la contribuyente.
Palabras clave
impuesto al valor agregadosanciones tributariasdelito continuado