La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia número 00280, ordenó notificar a la Fundación Misión Hábitat y a la empresa Cariven 123 sobre los resultados de la experticia complementaria relacionada con el cálculo de intereses moratorios y corrección monetaria. Esta decisión se deriva de la sentencia anterior número 01124, que había declarado con lugar la demanda por cumplimiento de contrato y había condenado a la empresa demandada a pagar diversas cantidades por concepto de intereses y penalizaciones. La Sala fijó un lapso de diez días para que las partes manifiesten lo conducente respecto a la experticia.
Extracto de la motiva
Correspondería a esta Sala emitir un pronunciamiento con relación a la solicitud de ejecución forzosa efectuada por la representación judicial de la parte demandante Fundación Misión Hábitat, no obstante, se observa lo siguiente: Por decisión número 01124 de fecha del 17 de julio de 2017, esta Sala declaró con lugar la demanda y, en consecuencia, condenó a la empresa demandada Cariven 123, Carreño Inversiones Venezolanas, C.A., a lo que a continuación se transcribe: “1.- (…) al pago del anticipo no amortizado que asciende al monto de cuatro millones cuatrocientos ochenta y tres mil novecientos ochenta y dos bolívares con veintitrés céntimos (Bs. 4.483.982,23), y sus intereses de mora, calculados a la tasa del doce por ciento (12%) anual desde el 12 de julio de 2011 hasta la fecha de publicación del presente fallo, a cuyos efectos, se acuerda oficiar al Banco Central de Venezuela (B.C.V.) para que, por vía de colaboración, calcule dicho concepto en los términos antes expresados. 2.- (…) el pago de la cantidad de setecientos ochenta y dos mil trescientos…
Dispositiva
ORDENA notificar a la FUNDACIÓN MISIÓN HÁBITAT y a la empresa CARIVEN 123, CARREÑO INVERSIONES VENEZOLANAS, C.A., acerca de los resultados suministrados por el Banco Central de Venezuela (BCV), de la experticia complementaria referida al cálculo de los intereses moratorios y la corrección monetaria de lo que debe la demandada pagar a la actora con respecto a lo ordenado en la sentencia número 01124 de fecha del 17 de julio de 2017, a los efectos que dentro de un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la verificación en autos de las notificaciones ordenadas, manifiesten lo conducente.
Palabras clave
cumplimiento de contratoejecución forzosaintereses moratorios