La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decreta la ejecución forzosa de la sentencia N° 310, que estableció los honorarios de expertos en un caso de expropiación. Se ordena a la sociedad Energía Eléctrica de Venezuela, C.A. (ENELVEN) informar sobre la forma y oportunidad de cumplimiento de la decisión. La Sala destaca la inembargabilidad de los bienes del Estado y la necesidad de garantizar la ejecución de sus decisiones.
Extracto de la motiva
En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN FORZOSA del fallo publicado el 4 de marzo de 2009 bajo el Nº 310, con arreglo a lo previsto en el artículo 87 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. En consecuencia, se ordena a la sociedad mercantil ENERGÍA ELÉCTRICA DE VENEZUELA, C.A. (ENELVEN), informe a esta Sala, dentro del lapso de sesenta (60) días continuos contados a partir de su notificación, la forma y oportunidad en que dará cumplimiento a lo dispuesto en la citada sentencia.
Dispositiva
DECRETA LA EJECUCIÓN FORZOSA del fallo publicado el 4 de marzo de 2009 bajo el Nº 310, con arreglo a lo previsto en el artículo 87 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. En consecuencia, se ordena a la sociedad mercantil ENERGÍA ELÉCTRICA DE VENEZUELA, C.A. (ENELVEN), informe a esta Sala, dentro del lapso de sesenta (60) días continuos contados a partir de su notificación, la forma y oportunidad en que dará cumplimiento a lo dispuesto en la citada sentencia.