La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por Gilda Pabón y otros contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que había declarado Sin Lugar la demanda de nulidad contra la intervención de la sociedad mercantil Federal Fondo del Mercado Monetario, S.A. La intervención fue ordenada por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras debido a la vinculación de esta empresa con el Banco Federal, C.A., que se encontraba en un proceso de intervención. La Sala concluye que no se vulneró el derecho al debido proceso ni la presunción de inocencia, ya que la intervención se fundamentó en la necesidad de proteger los intereses del sistema financiero nacional.
Extracto de la motiva
La intervención de la empresa relacionada, juzga este Tribunal, no radicaría en el estado financiero de ésta, y es por ello que las medidas administrativas no tendrían pertinencia en este aspecto. Es decir, el procedimiento de intervención de la sociedad relacionada, en criterio de este Órgano Jurisdiccional, no se dirige a analizar ni solventar propiamente una situación económica existente en la empresa implicada (ésta puede no existir), sino a mantener dentro de sus balances los bienes o activos que pueden pertenecer al banco intervenido; no obedece, por así decirlo, a la existencia de una “crisis” en la empresa implicada, y siendo de ese modo, al no tomarse en consideración esta anomalía, debido a la finalidad cautelar del mecanismo de intervención para estos casos, las medidas administrativas no cuentan con motivos razonables o justificables de aplicación.
Dispositiva
Con fundamento en los razonamientos precedentemente realizados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la de la ciudadana GILDA PABÓN y de los ciudadanos NELSON MEZERHANE, ANÍBAL LATUFF y ROGELIO TRUJILLO, en su condición de ex directora y ex directores de la sociedad mercantil FEDERAL FONDO DEL MERCADO MONETARIO, S.A., contra la sentencia número 2012-2062 dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 10 de diciembre de 2012. En consecuencia, se CONFIRMA en los términos expuesto el fallo apelado.
Palabras clave
intervenciónbancoderecho a la defensapresunción de inocenciagrupo financiero