Sentencia N° 276 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de marzo de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00276, Exp. 2001-0364, 13/03/2013
Expediente2001-0364
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-03-12
DecisiónCONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara consumada la perención de la instancia en la demanda interpuesta por la sociedad mercantil CONSTRUCTORA COIME, C.A. contra el MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA. Se establece que la causa estuvo paralizada por más de cinco años sin que las partes realizaran actos de procedimiento, lo que evidencia la falta de interés en mantener activo el juicio. La decisión se fundamenta en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece la extinción de la instancia por inactividad procesal.

Extracto de la motiva

Luego de revisadas las actuaciones procesales, evidencia esta Sala que en el caso concreto, una vez aceptada la competencia para conocer del presente asunto, según sentencia número 938 de fecha 4 de julio de 2002, se ordenó notificar a las partes para la continuación de la causa. Ahora bien, una vez notificadas las partes del contenido del referido fallo, la causa debía continuar en fase de promoción de pruebas, tal como fue establecido en la motiva, cuando se dispuso: “(…) visto que la presente causa fue sustanciada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, hasta la etapa de promoción de pruebas, siguiendo el mismo procedimiento que hubiera sido aplicado por esta Sala a este tipo de causa, en virtud de la celeridad procesal, y visto que no se ha violado el derecho a la defensa de las partes, y del perjuicio que se ocasionaría a las mismas si se anulara todo lo actuado en el expediente, además, por estar consagrado constitucionalmente que la justicia sea sin formalismo y sin reposiciones inútiles, tal y como lo establece el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, (…) esta Sala Político Administrativa debe declarar la validez del procedimiento seguido hasta la etapa de promoción de pruebas y ordenar la continuación de la causa en el estado en que se encuentra. Así se decide.

Dispositiva

Conforme a lo expresado, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la demanda que por cobro de bolívares interpusiera la sociedad mercantil CONSTRUCTORA COIME, C.A. contra el MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

perencióninstanciaprocesojusticiaderechoadministracióncausa

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