Sentencia N° 2743 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de diciembre de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 02743, Exp. 2004-1045, 09/12/2004
Expediente2004-1045
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-12-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por la abogada Yazmira Navarro Domínguez contra un auto que declaró inadmisible su recurso de nulidad por caducidad. La apelante había interpuesto el recurso contencioso administrativo de nulidad contra un acto administrativo de amonestación, pero el Juzgado de Sustanciación determinó que había transcurrido el lapso de caducidad para su presentación. La Sala confirmó la decisión del Juzgado, argumentando que la apelante no cumplió con los plazos establecidos por la ley para impugnar el acto administrativo.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse respecto de la apelación ejercida por la abogada Yazmira Navarro Domínguez, contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 20 de octubre de 2004. Al respecto observa: En fecha 13 de agosto de 2004, la prenombrada abogada, actuando en su propio nombre, interpuso recurso contencioso administrativo de nulidad contra el acto administrativo de fecha 4 de septiembre de 2003, emanado de la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, mediante el cual se acordó amonestar a la accionante '...por encontrarla responsable en su actuación como Jueza Primero en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas de haber incurrido en la falta disciplinaria prevista en el numeral 7 del artículo 38 de la Ley de Carrera Judicial...'. En la oportunidad de pronunciarse sobre la admisibilidad del referido recurso, el Juzgado de Sustanciación señaló que a la fecha de interposición del presente recurso de nulidad había transcurrido con creces el lapso de treinta (30) días continuos que prevén los artículos 31 del Decreto mediante el cual se dictó el Régimen de Transición del Poder Público, y 20 del Reglamento de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, de allí que, declaró inadmisible por haber operado la caducidad de la acción.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada YAZMIRA NAVARRO DOMÍNGUEZ, actuando en su propio nombre, contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 20 de octubre de 2004, mediante el cual declaró inadmisible, por haber operado la caducidad, el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido contra el acto administrativo de fecha 4 de septiembre de 2003, emanado de la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL. En consecuencia, se CONFIRMA el referido auto de fecha 20 de octubre de 2004.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadcaducidadamonestaciónLey de Carrera JudicialComisión de FuncionamientoSistema Judicial

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