Sentencia N° 274 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de marzo de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00274, Exp. 2016-0025, 10/03/2016
Expediente2016-0025
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRecusacion
Fecha de la decisión2016-03-09
DecisiónSe ADMITE la recusación formulada

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la recusación planteada por el abogado Julio Carrazana Gallo contra el Juez Provisorio Gabriel Ángel Fernández Rodríguez, alegando una amistad que podría comprometer la imparcialidad del juez. La Sala determinó que la recusación era procedente y admitió la solicitud, ordenando remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para la apertura de la articulación probatoria correspondiente. La decisión se fundamentó en la normativa aplicable y en la necesidad de garantizar la justicia en el proceso.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala determinar, de acuerdo a los elementos cursantes en los autos, si la recusación planteada es procedente, para lo cual observa: De las actas que conforman el expediente se verifica que la recusación bajo examen fue propuesta por el abogado Julio Carrazana Gallo, antes identificado, en representación de la sociedad mercantil Reprecuyuní S.R.L., contra el abogado Gabriel Ángel Fernández Rodríguez, Juez Provisorio del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con fundamento en lo previsto en el numeral 12 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de la “(…) gran amistad [que los une] (…) [lo cual pudiese generar] una influencia positiva (…) al pretender adoptar la decisión en la causa (…)”. (Agregados de esta Sala). En tal sentido, el abogado recusante Julio Carrazana Gallo, antes identificado, alega que mantiene con el Juez recusado una gran amistad por lo que esto podría comprometer su imparcialidad, lo cual afectaría a su representada de manera positiva en la resolución de la causa. Frente a tales alegatos el abogado Gabriel Ángel Fernández Rodríguez, actuando como Juez Provisorio del Tribunal de la causa, rechazó en su informe estar incurso en la causal invocada, argumentando la inexistencia de la amistad íntima alegada, pues sólo existe una relación cordial como con cualquier otro colega por el hecho de haber trabajado en la misma jurisdicción. Asimismo, agregó que ha decidido otras causas en las cuales el recusante actuaba como litigante sin que éste hubiese propuesto ninguna recusación.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer la recusación planteada. 2.- Se ADMITE la recusación formulada por el representante judicial de la sociedad mercantil REPRECUYUNÍ S.R.L., contra el abogado Gabriel Ángel Fernández Rodríguez, Juez Provisorio del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 3.- Se ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Sala, a los fines de que abra la articulación probatoria contemplada en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, en los términos expresados en esta decisión judicial.

Palabras clave

recusaciónimparcialidadTribunal Supremo de Justicia

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