La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia Nº 00185, donde se declaró que la competencia para conocer y decidir la demanda interpuesta por Yajaira Hernández Mendoza, en representación de su hijo, corresponde al Juzgado Primero de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Además, se ordenó remitir el expediente a dicho Juzgado. Se identificaron y subsanaron dos errores materiales en la sentencia, relacionados con la denominación del juzgado y el número de oficio de remisión del expediente.
Extracto de la motiva
Dado lo que se ha señalado, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, teniendo presente la función del juez como rector del proceso, el cual debe procurar la estabilidad del juicio, evitando o corrigiendo las faltas cometidas en cualquier acto procesal y en aplicación de los principios constitucionales que garantizan una justicia imparcial, idónea, independiente, equitativa y expedita, sin formalismos ni reposiciones inútiles, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, SUBSANA los mencionados errores materiales en los que se incurrió, de la manera siguiente: en las páginas: primera, octava y novena de dicha sentencia debe leerse en vez del Juzgado Primero de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, como sigue: “JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRÁNSITO, TRABAJO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA” y en el lugar de Oficio Nº 803-2003, debe leerse “Oficio Nº 808-2003”.
Dispositiva
Téngase la presente decisión como parte integrante del fallo Nº 00185, dictado en el expediente Nº 2003-1.461 por esta Sala Político-Administrativa, en fecha 03 de marzo de 2004. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.