La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Mayor de Quesos Los Compadres, C.A. contra la Providencia Administrativa del SENIAT que designaba a los contribuyentes especiales como agentes de retención del IVA. La Sala también admitió la intervención de la sociedad mercantil Industria El Globo, C.A. como tercero adhesivo. Sin embargo, se declaró improcedente la solicitud de amparo constitucional presentada de manera conjunta, al no encontrarse elementos suficientes que evidencien la violación de derechos constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala, al analizar la solicitud de amparo cautelar, consideró que la acción de amparo debe garantizar el restablecimiento de derechos subjetivos constitucionales. En este caso, se argumentó que la providencia impugnada violaba derechos fundamentales, como la libertad económica y el principio de legalidad tributaria. Sin embargo, la Sala determinó que no se presentaron pruebas suficientes que demostraran la existencia de una violación actual o inminente a dichos derechos, lo que llevó a declarar improcedente la solicitud de amparo cautelar.
Dispositiva
1.- ADMITE el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil MAYOR DE QUESOS LOS COMPADRES, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº SNAT/2002/1455 de fecha 29 de noviembre de 2002. 2.- ADMITE la incorporación al proceso como tercero a la sociedad mercantil INDUSTRIA EL GLOBO, C.A. 3.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo constitucional ejercida de manera conjunta al recurso contencioso administrativo de nulidad. Se ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado de Sustanciación.