Sentencia N° 272 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de febrero de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00272, Exp. 2005-4992, 09/02/2006
Expediente2005-4992
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-02-08
DecisiónNO TIENE MATERIA sobre la cual decidir

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia planteado por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que se declaró incompetente para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la abogada Xiomara Carballo de González en representación de Leonardo Enrique Orta. La Sala determinó su competencia para resolver el conflicto, pero concluyó que no tenía materia sobre la cual decidir, dado que la causa ya había sido decidida en primera instancia y no se había interpuesto recurso de apelación.

Extracto de la motiva

La Sala observa que al no existir un Tribunal Superior común a los tribunales objeto del conflicto, de conformidad con las normas procesales transcritas, la regulación de competencia corresponde a este Alto Tribunal, y específicamente a la Sala Político-Administrativa, toda vez que uno de los órganos pertenece a la Jurisdicción Contencioso Administrativa y es ésta la cúspide de esa Jurisdicción, de conformidad con lo establecido en el artículo 259 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así se declara.

Dispositiva

1.- Es COMPETENTE para resolver el conflicto suscitado. 2.- NO TIENE MATERIA sobre la cual decidir en relación con dicho conflicto, en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada Xiomara Carballo de González, previamente identificada, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LEONARDO ENRIQUE ORTA, también identificado, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 47 de fecha 03 de diciembre de 1996, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DEL ESTADO MIRANDA, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de calificación de despido ejercida por el representante legal del Hospital Guarenas Guatire.

Palabras clave

conflicto negativo de competenciarecurso de nulidadInspectoría del TrabajoEstado Mirandajurisdicción contencioso administrativasentenciaapoderada judicialcalificación de despido

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