Sentencia N° 270 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de marzo de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00270, Exp. 2015-0919, 29/03/2017
Expediente2015-0919
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2017-03-28
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió provisionalmente el recurso de nulidad interpuesto por la Asociación Civil FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA (FJPLUZ) contra varios actos administrativos de la Contraloría General de la República. La Sala analizó la competencia y la legalidad de los actos impugnados, así como la solicitud de amparo cautelar presentada por la parte recurrente. Finalmente, se declaró improcedente el amparo constitucional solicitado, argumentando que no se evidenció la presunción grave de violación de derechos constitucionales alegados por el actor.

Extracto de la motiva

La actuación fiscal realizada por la Contraloría General de la República se circunscribió a la revisión de las operaciones llevadas a cabo, específicamente en cuanto al caso que nos ocupa, por la Asociación Civil Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación de la Universidad del Zulia (FJPLUZ), durante el período comprendido entre los años 2007 al 2011, relacionadas con el cumplimiento de las formalidades y obligaciones establecidas en el Acta Constitutiva del mencionado Fondo de Jubilaciones y Pensiones, en relación a su objeto de creación; aspectos económicos y financieros relativos a las contribuciones del Fondo o pago de jubilaciones y pensiones, así como aportes recibidos de la Universidad del Zulia (LUZ). En este sentido, se observa que la representación judicial de la parte recurrente consignó el acto contenido en el Informe Definitivo Núm. 16 de fecha 19 de diciembre de 2013 emanado de la Dirección de Control del Sector Desarrollo Social, donde se recomienda con carácter vinculante al Consejo Universitario de la Universidad del Zulia, lo siguiente: 1. Ordenar la supresión planificada del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación de la Universidad del Zulia, realizar el control y seguimiento de ese proceso y, garantizar que se cumpla el destino que debe dársele a los recursos patrimoniales derivados de tal acción. 2. Suspender, a partir del 1º de enero de 2014, cualquier tipo de aportes y retención destinados al Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación de la Universidad del Zulia (FJPLUZ). Asimismo, consta copia del acto administrativo dictado por el Contralor General de la República, dirigido a la Superintendencia de Seguridad Social, ente adscrito al Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas de fecha 7 de abril de 2015.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de amparo constitucional. 2.- ADMITE, provisionalmente, el recurso respecto de los siguientes actos: - Acto dictado por el Contralor General de la República, dirigido a la Superintendencia de Seguridad Social, ente adscrito al Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas, de fecha 7 de abril de 2015. - Acto dictado por el Sub Contralor General de la República (E) dirigido a la Presidenta y demás miembros de la Junta Directiva del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación de la Universidad del Zulia (FJPLUZ), de fecha 19 de diciembre de 2013. - Acto dictado por el Director General de Control de la Administración Nacional Descentralizada dirigido a la Presidenta de la Junta Directiva del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación de la Universidad del Zulia (FJPLUZ) de fecha 8 de diciembre de 2014. 3.- IMPROCEDENTE el amparo constitucional ejercido en forma cautelar, conjuntamente con el recurso de nulidad.

Palabras clave

nulidadamparo constitucionalFondo de JubilacionesContraloría General

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