Sentencia N° 27 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de marzo de 2021

TSJ/SPA, Sent. N° 00027, Exp. 2020-0064, 03/03/2021
Expediente2020-0064
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2021-03-02
DecisiónSe declara competente para conocer de la 'querella funcionarial'

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la jurisdicción para conocer de la 'Querella Funcionarial' interpuesta por María Teresa Viloria Matheus contra la Alcaldía Comunitaria Bolivariana de Valera. Se determinó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer del caso, revocando decisiones anteriores que declaraban la falta de jurisdicción. La Sala concluyó que corresponde al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Trujillo conocer de la querella.

Extracto de la motiva

Ahora bien, en atención al criterio plasmado anteriormente y visto el contenido de las documentales cursantes en autos debe considerar esta Máxima Instancia (de forma preliminar) que la ciudadana accionante mantuvo una relación de empleo público con la Alcaldía demandada, por lo cual de conformidad con lo dispuesto en los numerales 5 y 6 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, corresponde a los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (antes Juzgados Superiores Contenciosos Administrativos) conocer de las reclamaciones contra las vías de hecho atribuidas a autoridades estadales o municipales de su jurisdicción y de las demandas contra los actos de efectos particulares concernientes a la función pública, concluyendo la Sala que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer del presente asunto. Así se declara.

Dispositiva

1.- EL PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la 'Querella Funcionarial', interpuesta por la ciudadana MARÍA TERESA VILORIA MATHEUS, contra la ALCALDÍA COMUNITARIA BOLIVARIANA DE VALERA DEL ESTADO TRUJILLO. 2.- En consecuencia, se REVOCA la decisión de fecha 4 de marzo de 2020, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. 3.- Se declara COMPETENTE para conocer de la 'querella funcionarial' interpuesta por la ciudadana MARÍA TERESA VILORIA MATHEUS, contra la ALCALDÍA COMUNITARIA BOLIVARIANA DE VALERA DEL ESTADO TRUJILLO, al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. 4.- Se ANULA por orden público, la decisión dictada en fecha 6 de febrero de 2020 por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.

Palabras clave

jurisdicciónquerella funcionarialPoder Judicial

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca