La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento del objeto en la controversia administrativa planteada por Richart Camico contra Luis Alirio Avaristo, respecto a quién debía ejercer el cargo de alcalde del municipio Río Negro del estado Amazonas. La decisión se basa en que no persiste la situación de anormalidad denunciada, ya que se realizaron nuevos comicios para la designación de autoridades locales en noviembre de 2008.
Extracto de la motiva
Aunado a lo anterior, debe indicarse que no consta en el expediente algún elemento que permita suponer que persiste la supuesta situación de anormalidad denunciada por la parte actora, sino que por el contrario, tal como se planteó en la sentencia de esta Sala Nº 00204 del 18 de febrero de 2009, en la que se declaró el decaimiento de la medida cautelar innominada acordada en la presente causa, es “un hecho notorio comunicacional la realización de nuevos comicios en fecha 23 de noviembre de 2008, para la designación de autoridades locales, tales como, las correspondientes a los cargos de Alcaldes o Alcaldesas de los diferentes Municipios que existen a nivel nacional y cuyos resultados se encuentran disponibles en la dirección electrónica http://www.cne.gov.ve.”, razón por la cual esta Sala concluye que en la presente causa ha decaído el objeto de la controversia. Así se decide.
Dispositiva
Conforme a lo expresado, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara EL DECAIMIENTO DEL OBJETO en la controversia administrativa planteada por el ciudadano Richart Camico, contra el ciudadano Luis Alirio Avaristo, en cuanto a quien debía ejercer el cargo de alcalde del municipio Río Negro del estado Amazonas. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.