Sentencia N° 268 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de febrero de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00268, Exp. 2004-0287, 28/02/2008
Expediente2004-0287
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2008-02-27
DecisiónDecaimiento del objeto

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento del objeto por falta de interés procesal en la controversia administrativa interpuesta por el Distrito Metropolitano de Caracas contra la República, debido a que las partes manifestaron que desde el año 2004 no existe conflicto respecto al ejercicio de la competencia en materia de timbres fiscales. La decisión se fundamenta en la falta de interés en continuar con el proceso, ya que se ha resuelto la controversia entre las partes involucradas.

Extracto de la motiva

Corresponde a este Alto Tribunal pronunciarse acerca de la solicitud interpuesta en fecha 1° de abril de 2004 por el Procurador del DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, a través del cual plantea la supuesta existencia de una controversia administrativa suscitada entre el referido ente público con la República, por órgano de los MINISTERIOS DEL INTERIOR Y JUSTICIA y DE RELACIONES EXTERIORES (hoy Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, y del Poder Popular para las Relaciones Exteriores), '…en virtud de la negativa por parte de las autoridades de los referidos Ministerios de permitir (…) al ente distrital (…) recaudar los recursos que por concepto de la inutilización de timbres fiscales metropolitanos se generen por los servicios ejecutados en oficinas del Poder Nacional, ubicadas dentro de la jurisdicción de esta unidad político territorial'.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO por falta de interés procesal de las partes en la presente causa, en virtud de haberse resuelto la controversia administrativa interpuesta por el DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS contra la República, por órgano de los MINISTERIOS DEL INTERIOR Y JUSTICIA y DE RELACIONES EXTERIORES (hoy Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, y del Poder Popular para las Relaciones Exteriores). En consecuencia, se ha extinguido el proceso.

Palabras clave

Controversia AdministrativaTimbres FiscalesDistrito Metropolitano de CaracasMinisterios

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