La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso por abstención interpuesto por la ciudadana Conceta María LAPI de MACARRONE contra el Director de Determinación de Responsabilidades de la Contraloría General de la República, quien no emitió pronunciamiento sobre un recurso de reconsideración. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y analizó la admisibilidad del recurso, encontrando que no se cumplían los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, lo que llevó a declarar el recurso inadmisible.
Extracto de la motiva
Conforme se desprende de la normativa antes transcrita, al momento de admitir una demanda por la prestación de servicios públicos, o por abstención, corresponde al tribunal constatar no solo el cumplimiento de los requisitos que deberá expresar el escrito de demanda, previstos en el artículo 33 de la citada Ley, sino que además, debe el peticionario acompañar los documentos que acrediten los trámites efectuados ante la autoridad correspondiente (Vid. sentencias Nros. 1179, 00640 y 01504 del 24 de noviembre de 2010, 18 de mayo y 16 noviembre de 2011, respectivamente).
Dispositiva
1.- Su COMPETENCIA para conocer el recurso por abstención o carencia ejercido por la ciudadana Conceta María LAPI de MACARRONE, contra el “DIRECTOR DE DETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADES, ALEXANDER PÉREZ ABREU, DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA”. 2.- INADMISIBLE el referido recurso por abstención o carencia.