Sentencia N° 2667 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de noviembre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02667, Exp. 1998-15117, 28/11/2006
Expediente1998-15117
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-11-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada Maura Meza Bresanutti contra el acto administrativo del Tribunal Disciplinario del Consejo de la Judicatura. Se argumenta que la recurrente incurrió en falta al no pronunciarse sobre una apelación interpuesta, lo que afectó el derecho a la defensa del apelante. La Sala concluye que el Consejo de la Judicatura actuó dentro de su competencia y aplicó correctamente las normas legales pertinentes.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad, ejercido contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la decisión del Tribunal Disciplinario del Consejo de la Judicatura de fecha 17 de septiembre de 1998, en virtud de la cual se le aplicó a la recurrente, en su condición de Jueza Cuarta de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la medida disciplinaria de suspensión del cargo por un lapso de tres (3) meses sin goce de sueldo, de conformidad con el ordinal 9° del artículo 43 de la Ley de Carrera Judicial, aplicable ratione temporis. El referido acto administrativo se dictó con ocasión del procedimiento disciplinario iniciado por el Consejo de la Judicatura en fecha 19 de diciembre de 1996, con motivo de la denuncia interpuesta el 14 de octubre del mismo año por el ciudadano Lorenzo Ramón Oronel, en virtud de la omisión de pronunciamiento de la recurrente sobre la apelación interpuesta en fecha 8 de julio de 1996. La Sala considera que la Jueza Maura Meza Bresanutti, al no emitir pronunciamiento sobre la apelación ejercida, causó un perjuicio al apelante en el ejercicio de su derecho a la defensa, al impedirle satisfacer su pretensión de obtener la revisión del auto apelado por otra instancia.

Dispositiva

1. SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada MAURA MEZA BRESSANUTTI, contra el acto administrativo de efectos particulares dictado por el Tribunal Disciplinario del Consejo de la Judicatura. 2.- FIRME el acto administrativo impugnado. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente administrativo y archívese el judicial. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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