Sentencia N° 265 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de febrero de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00265, Exp. 2007-1124, 28/02/2008
Expediente2007-1124
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2008-02-27
DecisiónADMITE la solicitud de transacción

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de transacción presentada por el apoderado judicial de la Sucesión de Julio Bacalao Lara, en el marco de un recurso contencioso tributario. La decisión se fundamenta en la normativa vigente que permite la terminación del proceso mediante transacción, destacando que se cumplen los requisitos legales para su admisión. Se ordena notificar al SENIAT para que proceda conforme a lo estipulado en el Código Orgánico Tributario, suspendiendo la causa por noventa días para discutir los términos de la transacción.

Extracto de la motiva

La transacción deberá ser homologada por el juez competente a los fines de su ejecución. La transacción deberá ser solicitada por la parte recurrente, antes del acto de informes, y mediante escrito que consignará al tribunal de la causa, exponiendo los fundamentos de su solicitud. Al recibir el escrito el tribunal le dará curso mediante auto, en el cual ordene dar aviso a la Administración Tributaria. Una vez notificada ésta se suspenderá la causa por un lapso de noventa (90) días continuos, con la finalidad de que las partes discutan los términos de la transacción. Las partes de mutuo acuerdo podrán solicitar una prórroga, la cual no podrá exceder de treinta (30) días continuos.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE la solicitud de transacción planteada por el apoderado judicial de los integrantes de la SUCESIÓN DE JULIO BACALAO LARA, parte recurrente en la presente causa. En consecuencia, se ORDENA notificar al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), respecto a la solicitud de transacción formulada por el representante judicial de la contribuyente, para que se proceda de conformidad con los artículos 308 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente. Derivado de lo anterior, se SUSPENDE la causa por un lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de que conste en autos la notificación antes ordenada.

Palabras clave

transaccióncontencioso tributarioSENIAT

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