DecisiónQUE ES COMPETENTE para conocer el conflicto negativo planteado.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en relación a un procedimiento de Oferta Real y Depósito a favor del Estado Trujillo. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, dado que uno de los tribunales involucrados forma parte de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Extracto de la motiva
En el presente caso se ha planteado un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, para conocer del procedimiento de Oferta Real y Depósito seguido contra el Estado Trujillo, por tanto, esta Sala Político-Administrativa, actuando como cúspide de la jurisdicción contencioso-administrativa, y visto que uno de los tribunales involucrados forma parte de esta jurisdicción, se declara competente para conocer el conflicto planteado. Así se declara.
Dispositiva
1.- QUE ES COMPETENTE para conocer el conflicto negativo planteado. 2.- QUE CORRESPONDE A ESTA SALA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA LA COMPETENCIA para conocer y decidir el procedimiento de Oferta Real y Depósito efectuada por el apoderado judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA PEDECA, C.A., a favor del ESTADO TRUJILLO.
Palabras clave
conflicto negativo de competenciaoferta realdepósitocontrato administrativoEstado Trujillojurisdicción contencioso-administrativaConstructora Pedeca