La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano Nicholas John Stroud contra el acto denegatorio tácito del Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz. La decisión se basa en la falta de respuesta al recurso jerárquico presentado por el demandante, relacionado con la sanción de expulsión impuesta por el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME). La Sala también levantó la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo decretada anteriormente.
Extracto de la motiva
Ahora bien, con fundamento en lo antes expuesto se observa que el ciudadano STROUD NICHOLAS JOHN de nacionalidad Británica, titular de la cédula de identidad Nro. E-81.268.529 y pasaporte Nro. 510844556, obtuvo la renovación de la Visa de Residente con fraude a ley, por lo que no se le puede dar validez a un documento cuyo origen está completamente viciado y va en contra de las leyes que rigen la materia. En consecuencia la cédula de identidad para extranjero N° E- 81.268.529, expedida al ya mencionado ciudadano debe ser anulada, de acuerdo con lo establecido en los Artículos 24, 39 y 41 Ley Orgánica de Identificación, cuando establecen: (…Omissis…) Una vez revisada la documentación que reposa en el expediente y en los archivos del SAIME, esta Dirección pasa a pronunciarse sobre el caso del ciudadano ut supra mencionado, conforme a la facultad que le otorga a la administración el Artículo 83 y 84 de La Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, al preceptuar: (…Omissis…)
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la abogada Norma Cigala, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano NICHOLAS JOHN STROUD, contra el acto denegatorio tácito consecuencia del silencio administrativo del MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ.