El abogado Luis Manuel Almeida Palacios interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad contra la decisión de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, que lo destituyó de su cargo como Juez Segundo de Primera Instancia. La Sala Político-Administrativa del TSJ, tras analizar los alegatos, declaró sin lugar el recurso, confirmando la sanción de destitución por las faltas disciplinarias cometidas. Se argumentó que la actuación del juez había excedido su competencia y que la Comisión actuó dentro de su potestad disciplinaria.
Extracto de la motiva
El acto administrativo cuya nulidad se solicita, dispone lo siguiente: 'REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL Caracas, 27 de noviembre de 2001 (...) Al analizar y comparar las actuaciones que conforman el presente expediente disciplinario, se observa: La Inspectoría General de Tribunales solicita la destitución del Juez LUIS ALMEIDA PALACIOS por '…haber dictado providencias contrarias a la ley actuando con ignorancia y error inexcusable, falta disciplinaria contenida en el ordinal 10 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Consejo de la Judicatura; por haber atentado contra la respetabilidad del Poder Judicial, falta disciplinaria contenida en el numeral 2° del artículo 39 de la Ley Orgánica del Consejo de la Judicatura y el numeral 2 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial, por haber actuado con abuso de autoridad, falta disciplinaria contenida en el numeral 16 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial y ordinal 7° del artículo 39 de la Ley Orgánica del Consejo de la Judicatura y por último por haber infringido los deberes que le establece la ley; falta disciplinaria contenida en el numeral 11 de la Ley de Carrera Judicial...'.
Dispositiva
Por las consideraciones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado Luis Manuel Almeida Palacios, actuando en su propio nombre, contra la decisión de fecha 27 de noviembre de 2001, dictada por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, a través de la cual se le sancionó con destitución del cargo de Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando de Apure, y de cualquier otro cargo que desempeñase en el Poder Judicial, por haber incurrido en la falta disciplinaria prevista en los numerales 11 y 16 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial. 2. FIRME la sanción de destitución impuesta al recurrente, en los términos señalados en el presente fallo.
Palabras clave
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