Sentencia N° 2601 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de noviembre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02601, Exp. 2006-1360, 21/11/2006
Expediente2006-1360
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-11-16
DecisiónDesistida

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistida la apelación ejercida por el Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital contra la decisión N° 140/2004, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por C.A. Café Fama de América. La apelación fue considerada desistida debido a la falta de presentación del escrito de fundamentación dentro del lapso establecido por la ley.

Extracto de la motiva

El aparte 18 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, dispone lo siguiente: 'Artículo 19. ...omissis... '18. Las apelaciones que deben tramitarse ante el Tribunal Supremo de Justicia seguirán los siguientes procedimientos: Iniciada la relación de la causa, conforme a los autos, la parte apelante deberá presentar un escrito donde exponga las razones de hecho y de derecho en que fundamenta la apelación, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes. Inmediatamente, se abrirá un lapso de cinco (5) días hábiles continuos, para que la otra parte dé contestación a la apelación. La falta de comparecencia de la parte apelante se considerará como desistimiento de la acción, y así será declarado, de oficio o a instancia de la otra parte.' (Resaltado de la Sala). En el presente caso, como se desprende de los autos y del cómputo efectuado por la Secretaría de la Sala, es evidente que la apelante no consignó el escrito de fundamentación de su apelación dentro del lapso previsto por la norma antes transcrita; por tanto, debe esta Sala concluir que el apelante desistió tácitamente del recurso en cuestión. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación ejercida el 14 de diciembre de 2005 por el MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, contra la decisión N° 140/2004 de fecha 20 de diciembre de 2004, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente C.A. CAFÉ FAMA DE AMÉRICA. En consecuencia, queda firme la sentencia recurrida en apelación. Se CONDENA EN COSTAS a la parte apelante por un monto equivalente al uno por ciento (1%) de la cuantía del recurso contencioso tributario, conforme a lo dispuesto en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente de conformidad con lo previsto en el artículo 332 del Código Orgánico Tributario vigente.

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