Sentencia N° 26 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de febrero de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00026, Exp. 1988-6212, 16/02/2022
Expediente1988-6212
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2022-02-16
DecisiónORDENA la notificación a la ciudadana MERCEDES SENIOR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre un recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Mercedes Senior. Se ordena la notificación a la demandante para que manifieste su interés en la continuación del proceso, dado que han transcurrido más de 33 años sin actuación alguna en el expediente. La decisión se fundamenta en la necesidad de mantener el interés procesal a lo largo del juicio.

Extracto de la motiva

Es de destacar que la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal ha reiterado el criterio de declarar la improcedencia de la perención de la instancia en las causas en las cuales se ha dicho “Vistos”, es decir, aquellas que se encuentran en estado de sentencia, pero ha admitido la posibilidad de extinción de la acción por pérdida del interés. Asimismo, las aludidas decisiones han sostenido que “el tribunal no puede presumir la pérdida del interés procesal -ni siquiera en casos como el presente, en el que ha transcurrido largo tiempo sin sentencia definitiva-, pero sí puede suponer, salvo prueba en contrario, que haya desaparecido el interés procesal cuando no hay constancia en el expediente de la comparecencia de las partes, que es precisamente el caso de autos”. Respecto a la forma como ha de practicarse dicha notificación, la prenombrada Sala, en decisión Nro. 4.294 de fecha 12 de diciembre de 2005, ordenó que la notificación del actor debía efectuarse “(…) en cualquiera de las formas previstas en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, si ello fuere posible, y de no serlo, por no conocer el tribunal dónde realizar la notificación, o por no poder publicar el cartel, con la fijación de un cartel en las puertas del tribunal”. Con fundamento en los precedentes expuestos y visto que ha transcurrido un largo período desde la última oportunidad en que la apelante actuó en el expediente, esta Sala Político-Administrativa ordena la notificación de la ciudadana Mercedes Senior, a fin de que, dentro de un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la notificación, manifieste su interés en que se decida la presente causa. En caso de no ser el domicilio actual el informado en autos y no constar en el expediente otra dirección, la notificación ordenada deberá realizarse mediante la fijación de un cartel en la Secretaría de esta Sala, en los términos del artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Transcurrido dicho lapso sin que manifieste su interés en que se decida la presente apelación, este Alto Tribunal dictará el pronunciamiento correspondiente (Vid., entre otras, sentencias de esta Sala Nros. 0740, 0588 y 0387 de fechas 19 de junio de 2008, 7 de mayo de 2009 y 5 de mayo de 2010, respectivamente). Así se determina.

Dispositiva

ORDENA la notificación a la ciudadana MERCEDES SENIOR, para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en el expediente la notificación, manifieste su interés en que se decida la presente demanda.

Palabras clave

apelacióninterés procesalnotificaciónperenciónacciónsentenciatribunal

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