La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por Oneida Joselita Alvarado de Gómez contra el Banco del Tesoro. La demandante alegó que su despido fue injustificado mientras se encontraba en reposo médico. El Juzgado Primero de Primera Instancia había declarado que no tenía jurisdicción para conocer el caso, lo que motivó el recurso ante el TSJ.
La Sala, tras analizar el caso, concluyó que el Poder Judicial sí tiene jurisdicción para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, revocando la decisión del Juzgado de origen. Se destacó que la inamovilidad laboral no aplicaba al cargo de gerente de negocios de oficina bancaria, lo que permitió a la Sala asumir el conocimiento del caso.
Finalmente, se declaró con lugar el recurso y se ordenó el reenganche de la demandante y el pago de salarios caídos, reafirmando la competencia del Poder Judicial en este tipo de casos laborales.
Extracto de la motiva
En razón de ello, debe señalarse el criterio reiterado de esta Sala Político Administrativa en casos similares al presente asunto, donde se precisó que el cargo de “gerente de negocios de oficina bancaria”, se encuentra excluido de la aplicación del Decreto de Inamovilidad laboral emanado del Ejecutivo Nacional. Por lo tanto, debe este Alto Tribunal declarar que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer del presente asunto y, en consecuencia, revocar el fallo dictado en fecha 13 de julio de 2017 por el Juzgado remitente. Así se decide. (Vid. sentencias Nros. 1370 y 1452 entre otras, dictadas por esta Sala en fechas 4 y 17 de diciembre de 2013).
Dispositiva
1.- CON LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto. 2.- El PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la representación judicial de la ciudadana Oneida Joselita Alvarado de Gómez, asistida por el abogado Héctor León Escalona González, ya identificados, contra el Banco del Tesoro, Banco Universal. 3.- Se REVOCA la decisión dictada el 13 de julio de 2017 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Palabras clave
regulación de jurisdiccióndespido laboralinamovilidad laboral