Sentencia N° 2583 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de noviembre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02583, Exp. 2000-0217, 21/11/2006
Expediente2000-0217
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-11-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Raúl Valbuena Quevedo contra el acto administrativo de destitución del cargo de Juez Provisorio. La Sala fundamenta su decisión en la falta de pruebas que desvirtúen la afirmación de que el recurrente tenía un rendimiento inferior a la media ponderada nacional, lo que justifica su destitución. Se resalta que el recurrente no logró demostrar la existencia de vicios de inmotivación o falso supuesto en el acto administrativo impugnado.

Extracto de la motiva

La norma parcialmente transcrita consagra algunos de los supuestos taxativos que acarrean la nulidad absoluta de los actos administrativos. En este sentido, el primero de ellos se refiere a la transgresión de una norma constitucional o legal y, el segundo, relativo a la incompetencia manifiesta o presciendencia total y absoluta del procedimiento. Ahora bien, a juicio de esta Sala, el apoderado judicial del recurrente hizo uso indebido de tales normas, ya que no estableció conexión alguna entre los hechos alegados y los supuestos de hecho descritos en las normas, lo que impide a esta Sala emitir un pronunciamiento al respecto y, por tanto, la obliga a desestimar el argumento relativo a la violación del artículo 19 en sus numerales 1 y 4 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Así se declara.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano RAÚL VALBUENA QUEVEDO, contra el acto administrativo de fecha 9 de diciembre de 1999, emanado de la COMISIÓN DE EMERGENCIA JUDICIAL. En consecuencia, se declara FIRME el acto administrativo impugnado. Se ORDENA remitir copia certificada de esta decisión a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.

Palabras clave

nulidadrecurso contencioso administrativodestituciónrendimiento judicialComisión de Emergencia Judicialactos administrativosprocedimiento administrativo

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