La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por el Inspector General de Tribunales contra el acto administrativo que absolvió a la Juez Raquel Subero Morey. La Sala confirmó la decisión de absolución, pero ordenó a la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial pronunciarse sobre un cargo adicional relacionado con la homologación de un desistimiento. La decisión se fundamentó en la falta de pruebas suficientes que demostraran la existencia de un retardo injustificado por parte de la Juez.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el acto administrativo impugnado fundamenta su decisión absolutoria en el hecho de no haber encontrado en los autos que conforman el expediente administrativo, elementos suficientes que le permitieran determinar que la conducta desplegada por la Juez encausada, fuera constitutiva de un retardo injustificado; inclinándose por los argumentos de defensa expresados por la Juez investigada, referidos a la falta de las partes que imposibilitaron realizar el acto de deslinde y al hecho notorio de congestionamiento que viven los tribunales de la República, especialmente los pertenecientes a los sitios de alta densidad poblacional, como lo es el Tribunal a cargo de la Juez encausada. En este orden de ideas, concuerda plenamente esta Sala con el criterio explanado en el acto impugnado, toda vez que, efectivamente, la Inspectoría General de Tribunales no aportó elementos de juicio suficientes en el procedimiento, tendentes a probar la existencia de la falta disciplinaria alegada, carga que tenía atribuida dicho órgano como consecuencia del principio de presunción de inocencia, previsto en nuestra Carta Magna y que rige a todos los procedimientos de carácter sancionatorio.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la Inspectoría General de Tribunales, en contra del acto administrativo dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, en fecha 02 de marzo de 2000, y en consecuencia: 1.- SE CONFIRMA el acto administrativo dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial en fecha 02 de marzo de 2000, mediante el cual se absuelve de los cargos formulados en contra de la Juez RAQUEL SUBERO MOREY, referidos al presunto retardo en que incurrió la misma en celebrar una audiencia de deslinde sometida a su conocimiento como Juez del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda. 2.- SE ORDENA a la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, pronunciarse con respecto al cargo formulado por la Inspectoría General de Tribunales, referido a la homologación de un desistimiento efectuado por la Juez RAQUEL SUBERO MOREY, en la misma acción de deslinde seguida en el Tribunal a su cargo.
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