La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo interpuesto por Carlos Martini Meza en representación de la sociedad mercantil Inversora Quality Maid C.A. contra un acto administrativo del INDECU que confirmó una multa. La Sala determinó que la causa había estado paralizada por más de un año, lo que llevó a declarar la perención de la instancia, extinguiendo así el proceso. La decisión se fundamentó en la falta de interés de la parte demandante y en la normativa aplicable sobre perención.
Extracto de la motiva
La presente causa se encuentra paralizada desde el 15 de marzo de 2005, razón por la cual pasa a verificar si operó la perención. Al respecto, cabe precisar que la perención de la instancia constituye un mecanismo anómalo de terminación del proceso, en el sentido de que el pronunciamiento proferido por el operador de justicia que declare la perención, no produce cosa juzgada material, de manera que pudiera el accionante interponer nuevamente la demanda en similares términos en que fue propuesta anteriormente, siempre que se encuentre dentro del lapso legal establecido a tales fines. Se constituye entonces el instituto procesal en referencia, como un mecanismo de ley diseñado con el propósito de evitar que los procesos se perpetúen y los órganos de administración de justicia deban procurar la composición de causas en las cuales no existe interés de los sujetos procesales.
Dispositiva
Conforme a lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que se ha consumado de pleno derecho la PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDO LA INSTANCIA en la presente causa. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.