Sentencia N° 256 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de marzo de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00256, Exp. 2003-0868, 23/03/2004
Expediente2003-0868
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-03-23
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la solicitud de suspensión de efectos del acto administrativo impugnado, presentado por los apoderados judiciales del ciudadano Alberto Chuqui. La solicitud se fundamentó en el artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, pero la Sala determinó que no se expusieron las razones de hecho y de derecho que justificaran la medida cautelar solicitada.

Extracto de la motiva

El artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia dispone que, 'a instancia de parte, la Corte podrá suspender los efectos de un acto administrativo de efectos particulares, cuya nulidad haya sido solicitada, cuando así lo permita la Ley o la suspensión sea indispensable para evitar perjuicios irreparables o de difícil reparación por la sentencia definitiva, teniendo en cuenta las circunstancias del caso'. Ha señalado este Máximo Tribunal, en jurisprudencia que una vez más ratifica, que la figura prevista en el referido artículo 136, constituye una medida excepcional a los principios de ejecutividad y de ejecutoriedad del acto administrativo, derivados de la presunción de legalidad de la cual están investidas las actuaciones de la Administración. Es por ello que su procedencia, además de encontrarse sometida a la apreciación prudente del juez, está supeditada a que se cumplan las condiciones exigidas por el legislador, a saber: que así lo permita la Ley o que la suspensión sea indispensable para evitar perjuicios irreparables o de difícil reparación por la sentencia definitiva, circunstancias éstas que deben ser alegadas y probadas por el solicitante.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos solicitada por los abogados Carmen Sánchez González, Guillermo Alberto Balza Carvajal y Guillermo Rafael Balza García, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano ALBERTO CHUQUI, antes identificados. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que continúe la tramitación del recurso de nulidad.

Palabras clave

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