La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide acumular el recurso de nulidad interpuesto por DEL SUR BANCO UNIVERSAL, C.A. contra el acto denegatorio de la Ministra del Trabajo, con el recurso de nulidad del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE DEL SUR BANCO UNIVERSAL, C.A. La acumulación se fundamenta en la conexión entre ambas causas, que buscan resolver omisiones del Inspector del Trabajo en relación a la convención colectiva. La Sala destaca la importancia de evitar fallos contradictorios y la celeridad procesal al tramitar ambos casos como uno solo.
Extracto de la motiva
Ha señalado de manera reiterada esta Sala que la figura de la acumulación obedece a la necesidad de evitar la eventualidad de fallos contradictorios, en causas que guardan entre sí estrechas relaciones. De igual manera, tiene como finalidad influir positivamente en la celeridad procesal, ahorrando tiempo y recursos al fallar en una sola sentencia asuntos que no hay razón para que se ventilen en distintos procesos. Ahora bien, la acumulación procede entre dos o más procesos, siempre que entre ellos exista una relación de accesoriedad, conexión o continencia, y cuando no estén presentes los presupuestos contenidos en el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil, cuyo tenor es: 'No procede la acumulación de autos o procesos: 1º Cuando no estuvieren en una misma instancia los procesos. 2º Cuando se trate de procesos que cursen en tribunales civiles o mercantiles ordinarios a otros procesos que cursen en tribunales especiales. 3º Cuando se trate de asuntos que tengan procedimientos incompatibles. 4º Cuando en uno de los procesos que deban acumularse estuviere vencido el lapso de promoción de pruebas. 5º Cuando no estuvieren citadas las partes para la contestación de la demanda en ambos procesos.' En el caso de autos se solicita la acumulación a la presente causa de la contenida en el expediente Nº 2004-0251, el cual está constituido por el recurso de nulidad intentado por el Sindicato de Empleados de Del Sur (SEDESUR) contra el acto denegatorio tácito de la Ministra del Trabajo en cuanto al recurso jerárquico interpuesto contra la omisión en que presuntamente incurrió el Inspector del Trabajo de la Zona del Hierro del Estado Bolívar, de dictar el correspondiente auto de admisión de la convención colectiva del trabajo celebrada por dicho sindicato con la empresa Del Sur Banco Universal, C.A. Al respecto, esta Sala previa la revisión de los procesos, observa que ambos cursan ante este Tribunal y se rigen por el mismo procedimiento: el de nulidad previsto en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; además, en ninguno de los procesos se encuentra concluido el lapso de promoción de pruebas. De otra parte, resulta evidente para la Sala que se trata de acciones que se originan en el mismo hecho, pues ambos recurrentes acuden a esta instancia jurisdiccional a atacar las omisiones en que presuntamente ha incurrido la Inspectoría del Trabajo de la Zona del Hierro del estado Bolívar, en el marco del procedimiento administrativo surgido con ocasión de la discusión y aprobación de una convención colectiva del trabajo entre la sociedad mercantil Del Sur Banco Universal, C.A. y los sindicatos que hacen vida en dicha empresa. Por tanto, estima este Alto Tribunal que es clara la relación de conexión entre las demandas incoadas y suficiente a los efectos de que sean resueltos los pedimentos en una sola sentencia. Así se declara.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ordena ACUMULAR a la presente causa la contenida en el expediente distinguido con el Nº 2004-0251, en consecuencia, por cuanto las causas acumuladas se encuentran en el mismo estado, devuélvanse al Juzgado de Sustanciación, a los fines de que continúen su curso como una sola. Publíquese, regístrese y comuníquese. Anéxese copia certificada de la presente decisión al expediente Nº 2004-0251.
Palabras clave
acumulación de causasrecurso de nulidadconvención colectivaInspector del TrabajoSUTRADELSURCEDESURprocedimiento administrativo