El abogado Juan Floriano Balza Buitrago interpuso un recurso de nulidad contra su destitución como Juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal. La Sala Político Administrativa del TSJ analizó el cumplimiento de los requisitos procesales, específicamente la obligación de retirar y publicar el cartel de emplazamiento. Al no cumplirse con esta carga, la Sala consideró que el recurrente mostró desinterés en el proceso, lo que llevó a declarar desistido el recurso de nulidad.
Extracto de la motiva
El artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, dispone: “... Un ejemplar del periódico donde fuere publicado el cartel será consignado por el recurrente, dentro de los quince días consecutivos siguientes a la fecha en la que aquél hubiere sido expedido y de no hacerlo dentro de dicho término, la Corte declarará desistido el recurso y ordenará archivar el expediente, a menos que algunos de los interesados se diere por citado y consignare el ejemplar del periódico donde hubiere sido publicado el cartel.” (Negrillas de la Sala) El artículo parcialmente transcrito establece un lapso de quince (15) días consecutivos siguientes a la fecha de expedición del cartel para que el recurrente lo retire, publique y, posteriormente, consigne en autos un ejemplar del periódico donde conste dicha publicación, so pena de declarar el desistimiento del recurso y el consiguiente archivo del expediente, si no se diere cumplimiento al mencionado procedimiento. En criterio de esta Sala, cuando el recurrente no cumple con la carga procesal de retirar el cartel, publicarlo y consignar un ejemplar del mismo, denota poco o ningún interés en la proceso y por ello ha entendido la declaratoria de desistimiento, como una sanción para el accionante en virtud del manifiesto desinterés de éste en el procedimiento.
Dispositiva
En virtud de lo expuesto, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, declara DESISTIDO el recurso de nulidad, interpuesto por ciudadano JUAN FLORIANO BALZA BUITRAGO, en contra de la decisión de fecha 22 de mayo de 2001, dictada por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, mediante la cual se le destituyó del cargo de Juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente, y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.
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