La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió anular la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar un recurso contencioso tributario interpuesto por María Margarita Ferrer Guevara contra una decisión administrativa que aplicaba un comiso sobre su vehículo. La Sala determinó que la sanción de comiso fue incorrecta, ya que la recurrente presentó el Certificado de Uso que acreditaba su derecho a importar el vehículo bajo el régimen de equipaje, cumpliendo con los requisitos legales. Se ordenó la entrega del vehículo a la demandante.
Extracto de la motiva
Ahora bien, siendo que el anterior documento no fue impugnado en su oportunidad procesal correspondiente, por parte de la Representación Aduanera, siendo además, que el mismo tiene fecha anterior a la del acto de Reconocimiento de la Mercancía efectuado por dicha Gerencia (23-12-2011), y anterior al Acta de Requerimiento N° SNAT/INA/GAPG/DO/UTR/2011/ E/157, notificada a la contribuyente el 20/12/2011, este Tribunal debe concederle todo el valor probatorio que se merece, y en ese sentido considera que el mismo cumple con las exigencias necesarias, previstas en el artículo 1 de la Resolución Nº 924, citado en párrafos anteriores, para la importación bajo el Régimen de Equipaje de Pasajeros, del vehículo identificado: UN (01) VEHÍCULO MARCA LAND ROVER, MODELO RANGE ROVER, SERIAL DE CARROCERÍA SALSH23457A9900376, AÑO 2007, con un valor declarado de Bs.F. 185.260,55, por cuanto con el anterior documento queda demostrado el uso del mismo por parte de la ciudadana MARÍA MARGARITA FERRER GUEVARA, como propietaria, por el tiempo previsto de acuerdo a las exigencias contenidas en el artículo 1 de la Resolución Nº 924. Así queda establecido.- En ese sentido, quien aquí decide considera improcedente la sanción de Comiso, aplicada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley Orgánica de Aduanas, sobre el vehículo anteriormente descrito. En consecuencia, este Tribunal Superior anula la Decisión Administrativa (Declaratoria de Comiso Art. 114 de la Ley Orgánica de Aduanas) Nº SNAT/INA/GAPG/AAJ/2012-0001-0185, de fecha 16-01-2012 y notificada en fecha 17-01-2012, emanada de la Gerencia de Aduana Principal de Guanta-Puerto La Cruz del SENIAT, la cual acuerda el COMISO de la mercancía consistente en: Un (01) Vehículo Marca Land Rover, Modelo Range Rover, Serial de Carrocería SALSH23457A9900376, Año 2007, con un valor declarado de Bs.F. 185.260,55, perteneciente a MARÍA MARGARITA FERRER GUEVARA, y ordena a la mencionada Gerencia de Aduana Principal, la entrega de dicho bien a la propietaria MARÍA MARGARITA FERRER GUEVARA. Así se declara.-
Dispositiva
1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la apoderada judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva Nro. PJ602014000131 dictada el 20 de marzo de 2014, por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, la cual se ANULA. 2.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la recurrente MARÍA MARGARITA FERRER GUEVARA, contra la “Decisión Administrativa (Declaratoria de Comiso Art. 114 de la Ley Orgánica de Aduanas)” identificada con letras y números SNAT/INA/GAPG/AAJ/2012-0001-0185, del 16 de enero de 2012, emitida por la GERENCIA DE LA ADUANA PRINCIPAL DE GUANTA-PUERTO LA CRUZ DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), acto que se ANULA en los términos expuestos en el presente fallo. 3.- ORDENA a la Gerencia de la Aduana Principal Guanta-Puerto La Cruz la entrega del vehículo “Marca Land Rover, Modelo Range Rover, Serial de Carrocería SALSH23457A9900376, año 2007”.
Palabras clave
comisovehículoimportaciónrégimen de equipajecertificado de uso