Sentencia N° 251 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de marzo de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00251, Exp. 2009-0141, 12/03/2013
Expediente2009-0141
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-03-05
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la apelación interpuesta por Toyama Maquinaria S.A. contra la sentencia que declaró la competencia para conocer del recurso de nulidad. Asimismo, se admitió el recurso de nulidad contra la Providencia Administrativa N° SNAT/2002/1454, que designa a los Entes Públicos Nacionales como Agentes de Retención del Impuesto al Valor Agregado. Sin embargo, se declaró improcedente la solicitud de amparo constitucional cautelar formulada por la sociedad recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la solicitud de amparo constitucional cautelar formulada por el apoderado judicial de la sociedad mercantil Toyama Maquinaria S.A. no cumple con los requisitos necesarios para su admisión, ya que no se verifica el fumus boni iuris o presunción de buen derecho. En consecuencia, se declara improcedente la solicitud de amparo cautelar, ordenando la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación para la continuación del procedimiento de ley.

Dispositiva

1.- INADMISIBLE la apelación ejercida por la representación judicial de la sociedad mercantil TOYAMA MAQUINARIA S.A., contra la sentencia N° 01150 del 11 de agosto de 2011. 2.- Se ADMITE en cuanto ha lugar en derecho el recurso de nulidad ejercido por la sociedad mercantil identificada supra, contra la Providencia Administrativa N° SNAT/2002/1454. 3.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo constitucional cautelar formulada. 4.- Se ORDENA la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación.

Palabras clave

amparocautelarfumus boni iurispericulum in moraderechos constitucionalesprocedimientosociedad mercantil

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