La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declaró procedente las medidas cautelares solicitadas por el FOGADE en una demanda por indemnización de daños y perjuicios. Se decretó embargo preventivo sobre bienes muebles y prohibición de enajenar y gravar sobre inmuebles de los ciudadanos Fernando Pérez Amado y Jorge Baiz Bermúdez, hasta por un monto significativo. Además, se declararon inadmisibles las cautelares respecto a otros demandados y se ordenó oficiar al Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia para que informara sobre los bienes registrados a nombre de los demandados.
La Sala también realizó un seguimiento a las notificaciones y oficios enviados a diversas instituciones para obtener información sobre los bienes de los demandados. A pesar de las diligencias, se encontró que los ciudadanos no mantenían relaciones financieras con varias instituciones, y se verificó que no había bienes registrados a su nombre en diferentes registros públicos. Finalmente, se ordenó notificar al FOGADE para que indicara los bienes sobre los cuales recaerían las medidas preventivas decretadas.
La decisión fue firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala, y se publicó y registró al día siguiente, con la aclaración de que una magistrada no firmó por no estar presente en la discusión.
Extracto de la motiva
Que, en virtud del requerimiento formulado por la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras mediante circular dirigida a “Bancos Universales, Bancos Comerciales, Bancos Hipotecarios, Bancos de Desarrollo, Bancos de Inversión, Arrendadoras Financieras, Fondos del Mercado Monetario, Entidades de Ahorro y Préstamo e Instituto Municipal de Crédito Popular”; la Vicepresidencia de Operaciones de Bancoro, la Gerencia de Seguridad de Sofitasa, la Oficialía de Cumplimiento de Prevención de Legitimación de Capitales de Inverunión Banco, el Banco del Tesoro, la Gerencia de Seguridad del Banco Canarias; Activo Banco Universal;, Avanza Fondo de Mercado Financiero; Venezolano de Crédito, Banco Universal; Banesco, Banco Universal; Baninvest; Del Sur, Banco Universal; Banco Exterior, Banco Universal; Banorte, Banco Comercial; Total Bank, Banco Universal; Corp Banca; Banco Fondo Común, Banco Universal; Banco Plaza; Banco Occidental de Descuento; Casa Propia Entidad de Ahorro y Préstamo; Mi Casa Entidad de Ahorro y Préstamo; 100% Banco, Banco Comercial; Bandes; Banco Federal; Helm Bank de Venezuela; Bancoreal; Banco Industrial de Venezuela; Arrendadora Financiera Empresarial, C.A.; Sofioccidente, Banco de Inversión; Banco de Exportación y Comercio, C.A.; informaron que los ciudadanos Fernando Pérez Amado y Jorge Baiz Bermúdez no mantienen relación financiera con tales instituciones.
Que en el Banco Provincial el ciudadano Fernando Pérez Amado no figura como cliente, pero el ciudadano Jorge Baiz Bermúdez aparece como “titular” de una tarjeta de crédito Visa. Que en el Banco de Venezuela el ciudadano Fernando Pérez Amado mantiene una cuenta corriente y una cuenta de ahorro; pero que “en búsqueda realizada en la base de datos, la C.I. V- 2.152.314¸ no pertenece al ciudadano Jorge Baiz Bermúdez” (sic). Que el ciudadano Fernando Pérez Amado no tiene ni ha tenido relación financiera con Banco Nacional de Crédito, donde el ciudadano Jorge Baíz Bermúdez mantiene una cuenta corriente, una cuenta de fideicomiso, una tarjeta de crédito Visa Platinum y una tarjeta de crédito Master Card Gold.
Que de los citados ciudadanos, Fernando Pérez Amado registra en el Citibank una cuenta que no ha sido movilizada desde el 18 de noviembre de 2005. Que “conforme a la información que reposa en los archivos del Registro Aeronáutico Nacional (…) los ciudadanos anteriormente identificados, no ostentan titularidad sobre aeronave alguna”. Que de la revisión practicada a los registros de la Comisión Nacional de Valores y de los datos suministrados “por los entes regulados” “se evidenciaron inversiones efectuadas por el ciudadano JORGE BAIZ BERMÚDEZ, en el mercado de capitales venezolano”, concretamente en BNH Casa de Bolsa; mientras que con relación al ciudadano Fernando Pérez Amado “no se encontró información alguna que evidencien inversiones del mismo, en este mercado de valores”.
Dispositiva
Con fundamento en las consideraciones que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA NOTIFICAR al Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE), para que indique los bienes sobre los cuales recaerán las medidas preventivas decretadas en la presente causa; a cuyo fin se ordena librar el oficio correspondiente, anexo al cual se acompañará copia certificada de la presente decisión. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.