DecisiónExtinguida la acción por pérdida del interés
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara extinguida la acción por pérdida del interés procesal en la demanda incoada por Hernán González Vale contra el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal del demandante, quien no había actuado en el proceso durante más de veinte años, y no manifestó interés en que se decidiera la causa tras la notificación correspondiente. La Sala resalta que el interés procesal es un requisito esencial para el ejercicio de la acción judicial y su ausencia conlleva a la extinción de la misma.
Extracto de la motiva
En el caso de autos, esta Sala Político-Administrativa observa que el 18 de mayo de 2000, fue designado ponente a los fines de decidir el fondo de la presente demanda. No obstante, este órgano jurisdiccional, visto que la parte demandante no había actuado ni por sí ni por medio de apoderado judicial desde hacía más de veinte (20) años; siendo su última actuación en fecha 30 de junio de 1988, cuando fundamentó el recurso de apelación ejercido; ordenó practicar su notificación para que manifestase su interés en que fuera resuelta la causa, según consta en decisión N° 00412 publicada el 25 de marzo de 2014. Ahora bien, no pudiendo efectuarse la notificación personal del ciudadano Hernán González Vale, por falta de indicación de domicilio procesal, se acordó librar boleta de notificación para su publicación en la cartelera de esta Sala, luego de lo cual, habiendo transcurrido el trámite respectivo, el 2 de octubre de 2014, se dejó constancia del vencimiento del lapso establecido en la decisión antes aludida, sin que la parte actora hubiese manifestado su interés en que se emita el pronunciamiento correspondiente en este juicio.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS, en la demanda incoada por el ciudadano HERNÁN GONZÁLEZ VALE, contra el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
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