Sentencia N° 2492 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de noviembre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02492, Exp. 2006-1563, 09/11/2006
Expediente2006-1563
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-11-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción mero declarativa interpuesta por el abogado Evaldo Alcides Sulbarán Muñoz en representación de Porfirio Ramón Puyosa Petit contra la República Bolivariana de Venezuela. La decisión se fundamenta en la falta de agotamiento del procedimiento administrativo previo requerido para demandas contra la República, así como en la ininteligibilidad del escrito de demanda presentado. La Sala señala que la acción no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, dispone en su artículo 19, aparte quinto, las causales bajo las cuales no deben admitirse las demandas o solicitudes que se intenten ante este órgano jurisdiccional: 'Artículo 19. Se declarará inadmisible la demanda, cuando así lo disponga la ley; o si el conocimiento de la acción o recurso compete a otro tribunal; o si fuere evidente la caducidad o prescripción de la acción o recurso intentado; o cuando se acumulen acciones o recursos que se excluyan mutuamente o cuyos procedimientos sean incompatibles; o cuando no se acompañen los documentos indispensables para verificar si la acción o recurso es admisible; o cuando no se haya cumplido el procedimiento administrativo previo a las demandas contra la República; o si contiene conceptos ofensivos o irrespetuosos; o es de tal modo ininteligible que resulte imposible su tramitación; o cuando sea manifiesta la falta de representación o legitimidad que se atribuya al demandante, recurrente o accionante; o en la cosa juzgada.'

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la 'acción mero declarativa' interpuesta por el apoderado judicial del ciudadano PORFIRIO RAMÓN PUYOSA PETIT, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

acción mero declarativainadmisibilidadprocedimiento administrativoderecho de propiedadRepública Bolivariana de VenezuelaLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justiciaconfusión en la demanda

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