La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de acumulación de un expediente al juicio de quiebra de la sociedad mercantil Seguros Premier, C.A. La demanda fue interpuesta por la República Bolivariana de Venezuela a través de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI). La Sala ordenó notificar a la Procuradora General de la República y a los representantes judiciales de las partes involucradas para que presenten sus alegatos en un plazo de quince días continuos.
Se destacó que la decisión busca proteger los intereses patrimoniales de la República, dado que la demanda afecta a la mencionada sociedad en proceso de quiebra. La Sala, al administrar justicia en nombre de la República, enfatizó la importancia de la notificación a las partes para garantizar el debido proceso.
Finalmente, se ordenó la publicación, registro y cumplimiento de lo ordenado, reafirmando la autoridad de la Sala en la resolución de este tipo de casos.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la solicitud formulada por la representación judicial del Síndico de la fallida sociedad mercantil Seguros Premier, C.A., en el sentido de que el presente expediente sea remitido al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que se acumule al juicio de quiebra iniciado por los integrantes de la Junta Interventora de la mencionada empresa.
En tal sentido, tratándose la referida solicitud de una acumulación de la presente causa al juicio universal de quiebra, visto que la demanda de autos fue interpuesta por la República Bolivariana de Venezuela, por órgano de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), y por cuanto con la decisión que se dicte pudieran verse afectados los intereses patrimoniales de la República, se ordena practicar la notificación a la ciudadana Procuradora General de la República, a los fines de que dicha ciudadana o quien actúe en su nombre, manifieste dentro del lapso de quince (15) días continuos, contados a partir de que conste en autos la indicada notificación, lo que a bien tenga expresar respecto de la petición formulada por el apoderado judicial del Síndico de la fallida.
Igualmente, se ordena notificar a los representantes judiciales de la Cooperativa Coopue 196, R.L., de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) y de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, concediéndole el lapso de quince (15) días continuos, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, para que presenten los alegatos que consideren pertinente acerca del aludido requerimiento de dicho apoderado judicial.
Dispositiva
Conforme a las consideraciones anteriormente señaladas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA notificar a la ciudadana Procuradora General de la República, a los fines de que dicha ciudadana o quien actúe en su nombre, manifieste dentro del lapso de quince (15) días continuos, contados a partir de que conste en autos la indicada notificación, lo que a bien tenga expresar respecto de la petición formulada por el apoderado judicial del Síndico de la fallida sociedad mercantil Seguros Premier, C.A. Igualmente se ORDENA notificar a los representantes judiciales de la Cooperativa Coopue 196, R.L., de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) y de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, concediéndole el lapso de quince (15) días continuos, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, para que presenten los alegatos que consideren pertinentes acerca del aludido requerimiento del indicado apoderado judicial. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.