El ciudadano Teolindo Cordero Rosales interpuso un recurso de nulidad contra la Resolución N° DG-19155 del Ministro de la Defensa, que lo pasó a situación de retiro por medida disciplinaria. La Sala Político-Administrativa, tras analizar el caso, determinó que el recurrente no fue notificado personalmente, pero sí tuvo conocimiento del procedimiento a través de un cartel publicado. Se desestimaron las alegaciones de violación al derecho a la defensa y al debido proceso, concluyendo que el recurrente incurrió en faltas graves al emitir declaraciones sin autorización. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso de nulidad.
Extracto de la motiva
El Ministro de la Defensa acordó el pase a situación de retiro del accionante por considerar que su actuación había sido constitutiva de las faltas contempladas en el Reglamento de Castigos Disciplinarios N° 6, específicamente en los apartes 4, 14, 15, 26, 32, 42 y 44 del artículo 117, con las agravantes previstas en los literales d), g), e i) del artículo 114 del mismo reglamento, contraviniendo además con su conducta los deberes militares establecidos en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales. En efecto, como señaló el Ministro de la Defensa en la resolución recurrida, el actor efectuó declaraciones sin autorización a los medios de comunicación del país, sin estar debidamente autorizado para ello, lo cual reconoce el propio accionante, quien, según se desprende de las actas del expediente administrativo, el 27 de octubre de 2002, se dirigió a la Plaza Francia de la Urbanización Altamira, a dar apoyo a otros Oficiales que allí se encontraban, emitiendo una opinión política delante de otros Oficiales subalternos y de civiles.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso-administrativo de nulidad ejercido por el ciudadano TEOLINDO CORDERO ROSALES, contra el silencio negativo producido por el ejercicio del recurso de reconsideración propuesto contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° DG-19155 de fecha 27 de noviembre de 2002, dictada por el MINISTRO DE LA DEFENSA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial y remítase el administrativo al Ministerio de la Defensa. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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