La ciudadana Aura del Mar Díaz Casiquie demandó por daños morales a Eurípides Salvador Ribullen Quijada y a la Corporación Venezolana del Suroeste, alegando haber sido despedida de forma grosera y expuesta al escarnio público. La Sala Político Administrativa del TSJ, tras analizar las pruebas, concluyó que la demandante no logró demostrar la existencia del daño moral que alegaba, ya que las pruebas presentadas no eran suficientes para sustentar su pretensión. Por lo tanto, se declaró sin lugar la demanda y se inadmitió la reconvención presentada por la defensa de la corporación demandada.
Extracto de la motiva
La actora en su escrito libelar manifestó, que en fecha 6 de mayo de 1999, fue despedida de la Compañía para el Desarrollo de las Zonas Industriales del Estado Táchira (COMDITACA) por el ciudadano Eurípides Salvador Ribullen Quijada, quien actuando en nombre y representación de la Corporación Venezolana del Suroeste (C.V.S.), procedió a despedirla, según dice, de forma grosera y descortés, para luego proceder a desacreditarla y exponerla al escarnio público a través de programas de opinión en los medios de comunicación, y al efecto consignó las grabaciones efectuadas en los programas denominados 40 Grados a la Sombra y Diálogo Abierto. Alegó que tal situación le ha causado un grave estado de angustia y desesperación, por cuanto se considera una persona ampliamente conocida en el Estado Táchira y particularmente en la ciudad capital, por haber trabajado en diferentes dependencias, todo lo cual le ha causado en su decir, un daño moral irreparable en su persona frente a la sociedad donde se desenvuelve. Así mismo señaló, que pese a haber sido despedida de la forma grosera y desconsiderada como narró en su libelo, procedió al siguiente día a retirar sus prestaciones sociales, encontrándose con lo que manifiesta ser una burla hacia su persona, por lo que se vio en la necesidad de demandar el pago de las mismas, por ante un Tribunal Laboral de la Circunscripción Judicial de Estado Táchira.
Dispositiva
1. SIN LUGAR la demanda por daño moral intentada contra la Corporación Venezolana del Suroeste (C.V.S.) y contra el ciudadano Eurípides Ribullen Quijada, por la ciudadana Aura del Mar Díaz Casique. 2. INADMISIBLE la reconvención propuesta, por el defensor judicial de la Corporación Venezolana del Suroeste (C.V.S.), en el juicio por daño moral, intentado por la ciudadana Aura del Mar Díaz Casique. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.