Sentencia N° 2464 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de octubre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02464, Exp. 2005-2206, 08/11/2006
Expediente2005-2206
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-10-07
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

El ciudadano Carlos Antonio Roberto Watkins interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad contra una resolución del Contralor General de la República que confirmó su inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas. La Sala Político-Administrativa del TSJ evaluó la solicitud del recurrente de que el caso se decidiera como de mero derecho, argumentando que no existían hechos que probar. Sin embargo, la Sala determinó que el análisis del caso requería la revisión de los autos y del acto impugnado, lo que excedía la simple interpretación de normas.

Extracto de la motiva

Siendo la oportunidad de pronunciarse acerca de la solicitud dirigida a que se decida el presente caso sin relación ni informes por tratarse -según afirma el recurrente- de un asunto de mero derecho, esta Sala observa: Dispone el décimo quinto aparte del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, lo siguiente: '15. El Tribunal Supremo de Justicia podrá dictar sentencia definitiva, sin relación, ni informes, cuando el asunto fuere de mero derecho.' Respecto del tratamiento de las causas cuyos asuntos sean 'de mero derecho', esta Sala ha señalado: '…sólo procede en aquellos casos en que para la resolución de la controversia baste la simple confrontación de normas; ello por tratarse de un análisis sobre aspectos jurídicos que no amerita discusión alguna sobre hechos, lo cual permite obviar una fase que resulta innecesaria en procesos de tal naturaleza, como lo es la etapa probatoria.' Bajo ese marco normativo y jurisprudencial, se impone entonces la evaluación de la petición efectuada por la parte actora referido a que se declare la causa como de mero derecho.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de decisión de la presente causa como un asunto de mero derecho. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación a fin que la causa continúe el procedimiento legalmente establecido. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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