Sentencia N° 246 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de septiembre de 2021

TSJ/SPA, Sent. N° 00246, Exp. 2019-0083, 30/09/2021
Expediente2019-0083
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2021-09-29
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de desistimiento de la demanda de nulidad presentada por la Contraloría General de la República. Se determinó que el demandante, Francisco Grifeo Paratore, no asistió a la audiencia de juicio debido a un accidente de tránsito que le impidió comparecer, lo que fue justificado con pruebas médicas. La Sala decidió no declarar el desistimiento y ordenó reabrir el lapso para la celebración de la audiencia de juicio.

Extracto de la motiva

A criterio de esta Sala, el espíritu del legislador fue sancionar al demandante que moviliza los órganos de administración de justicia y, luego no gestiona y muestra desinterés en la tramitación e impulso de la causa, al dejar de comparecer a tan importante acto procesal. Bajo estas premisas, cabe reiterar que el ciudadano Francisco Grifeo Paratore, antes identificado, no compareció a la audiencia de juicio fijada para el 23 de enero de 2020 a las 09:40 a.m., motivo por el cual en atención a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, correspondería a la Sala declarar el desistimiento de la demanda de nulidad interpuesta. No obstante, se aprecia que mediante escrito de fecha 5 de febrero de 2020 (folios 245 al 249 del expediente judicial), el accionante alegó una causa no imputable que le impidió asistir a la hora fijada para la celebración de la audiencia de juicio como lo fue -a su decir- que “en fecha 2 de diciembre de 2019 [tuvo] un accidente de tránsito que ameritó hospitalización bajo observación especializada por el lapso de cinco (5) días…” y que “como consecuencia del sufrido accidente [su] salud se ha deteriorado gradualmente y no [se ha] podido rehabilitar completamente”, en razón de lo cual “[fue] nuevamente hospitalizado en fecha 20 de enero de 2020 por espacio de cinco (5) días, por causas de convulsiones recurrentes y cifras tensionales altas…”. Por tal razón, la Sala mediante decisión número 00065 del 13 de febrero de 2020, con fundamento en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en concordancia con el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, ordenó abrir una articulación probatoria de ocho (8) días de despacho, para que el demandante probase la ocurrencia de los hechos alegados y la incidencia de aquellos en su inasistencia a la audiencia de juicio.

Dispositiva

1.- IMPROCEDENTE la solicitud de desistimiento de la demanda de nulidad, planteada por la representación judicial de la Contraloría General de la República. 2.- PROCEDENTE la solicitud formulada por el ciudadano FRANCISCO GRIFEO PARATORE, antes identificado, para la fijación de una nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio, en consecuencia, se ordena reabrir el lapso contemplado en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y fijar una nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, previa notificación de las partes.

Palabras clave

desistimientoaudienciajurisdicciónadministrativapruebasaccidentesalud

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