La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia aceptó la competencia declinada por el Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa del Estado Bolívar para conocer de la demanda interpuesta por C.V.G. Ferrominera Orinoco, C.A. contra C.N.A. de Seguros La Previsora, en relación a la ejecución de fianzas de anticipo y fiel cumplimiento. La demanda fue estimada en 299,665.80 dólares americanos, superando el límite de competencia establecido por la ley, lo que llevó a la declinatoria del caso a esta Sala.
La Sala fundamentó su decisión en la normativa vigente que establece la competencia de la Sala Político-Administrativa para conocer de demandas donde la cuantía exceda un monto específico en relación al tipo de cambio oficial. Se ordenó la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación para que se pronuncie sobre la admisibilidad de la demanda.
Finalmente, se destacó la importancia de la tecnología en el proceso judicial, permitiendo la notificación electrónica y la optimización del servicio de administración de justicia.
Extracto de la motiva
Motivado de fecha 26/04/2022 y conforme [a la] Resolución de Junta Directiva JD- 031/2022 (…) acordó ‘…El Cierre del Procedimiento Administrativo de Rescisión Unilateral por Causas Imputables a la Contratista, del Pedido de Compras No. 4510014219, suscrito en fecha 09/05/2018, con la empresa SUTACHY LLC, para el suministro de 55.960 unidades de mantequilla con sal untable y 55.960 litros de aceite comestibles…’, siendo notificado el 19/08/2022 a través del Cartel de Notificación publicado en el Diario Últimas Noticias (…)”. (Sic). (Negrillas y mayúsculas del original). (Añadido de este Órgano Jurisdiccional). IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 16 Afi
Dispositiva
Declara: PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA para el conocimiento de la Demanda incoada por la empresa C.V.G. FERROMINERA ORINOCO, C.A. contra la sociedad mercantil C.N.A. SEGUROS LA PREVISORA. SEGUNDO: DECLINA la competencia en la SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA a cuya sede se ordena la remisión del expediente.
Palabras clave
competenciafianzasejecuciónembargo preventivoC.V.G. Ferrominera OrinocoC.N.A. de Seguros La Previsora