Sentencia N° 244 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de mayo de 2024

TSJ/SPA, Sent. N° 00244, Exp. 2024-0107, 09/05/2024
Expediente2024-0107
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-05-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, admitió provisionalmente el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil Distribuidora Mérida Pan C.A. (DIMEPACA) y concedió el amparo cautelar, suspendiendo los efectos de la Resolución de Imposición de Sanciones del Fisco Nacional por violación al principio non bis in idem. La decisión se fundamentó en la falta de notificación del acta de reparo correspondiente, lo que afectó el derecho a la defensa de la empresa demandante.

Extracto de la motiva

motivada porque no explica, las consecuencias económicas que de las misma provienen Por lo tanto, el contribuyente no puede aceptar el contenido de un acta de reparo, cuando la misma no indica los elementos mínimos necesarios para saber cuáles son las cantidades de dinero de las que estamos discutiendo. Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nº 0328 del 29 de mayo de 2013. Con vista a los criterios jurisprudenciales en referencia, tenemos que el vicio de inmotivación se manifiesta cuando los actos administrativos carecen de argumentación de hecho y de derecho, lo cual resultaría un obstáculo tanto para que los órganos competentes ejerzan el control de legalidad sobre dichos actos, como para que los particulares destinatarios de las manifestaciones de voluntad de la Administración, puedan ejercer cabalmente su derecho a la defensa. (Resaltado propio). No solo basta con lo alegado, también encontramos, improcedencia de la sanción impuesta por aplicación de eximente de responsabilidad tributaria. Respecto a las posibles sanciones; es fundamental que se considere las eximentes de responsabilidad penal tributaria de conformidad con el Código Orgánico Tributario: (…) (Sentencia 01 de agosto de 2017 N°00870 Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia)

Dispositiva

1.- ADMITE PROVISIONALMENTE Recurso Contencioso Tributario conjuntamente con Amparo Cautelar, de conformidad al artículo 286 del Código Orgánico Tributario interpuesto la Sociedad Mercantil de Distribuidora Mérida Pan C.A (DIMEPACA). 2. CON LUGAR EL AMPARO CAUTELAR EN CONSECUENCIA SE DECRETA MEDIDA DE SUSPENSIÓN de los siguientes actos, la Resolución de Imposición de Sanciones SNAT/INTI/GRTI/RLA/SM/AF/2021/IVA/00394/422 M por violación al principio non bis in idem y del acta de reparo SNAT/INTI/GRTI/RLA/SM/AF/2021/IVA/ 00398/122 por nunca haber sido notificados.

Palabras clave

amparo cautelarresolución de imposición de sancionesderecho a la defensaprincipio non bis in idem

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca